


Melín Sartori: el fallo que el Estado no pudo evitar
VanelogaCatorce días entre la primera dosis y la muerte

Este fallo probablemente no sea el último. Hay familias en toda Argentina que llevan años juntando papeles, buscando abogados, golpeando puertas. No tantos abogados como se necesitarían, pero los que están no ceden. Y lo que se empieza a ver con más claridad es que el problema nunca fue una sola marca, un solo laboratorio, una sola vacuna: las denuncias se reparten, se acumulan, apuntan en varias direcciones.
Entonces la pregunta que empieza a instalarse es otra, más amplia: ¿qué más sabemos hoy que no sabíamos entonces, o que sospechábamos pero no podíamos decir? Protocolos de internación que muchos describieron como desproporcionadamente invasivos. Pagos por internación y por defunción que generaron incentivos que nadie quiso examinar en voz alta. Y dosis de algo cuya composición y efectos a largo plazo todavía no están del todo claros. El caso de Melín Sartori abrió una puerta. Lo que hay del otro lado recién empieza a verse.
Melín Agustina Sartori tenía 24 años, estudiaba historia en Córdoba y trabajaba en centros de asistencia social. Practicaba deportes, no tenía enfermedades previas. Se vacunó el 15 de julio de 2021 en el Orfeo Superdomo, con la primera dosis de Sputnik V, porque no quería ser un riesgo para las personas vulnerables que atendía. Catorce días después estaba muerta.
Su madre, Virginia Ruiz, es médica. Fue ella quien, aquella madrugada del 24 de julio, le dijo a Melín que no se hisoparse: que ese dolor de cabeza insoportable y los vómitos no eran Covid. Que había que ir al hospital. Ya era tarde para revertir lo que venía avanzando adentro. Los estudios confirmaron un síndrome de trombosis con trombocitopenia inducida por vacuna, conocido por su sigla en inglés VITT: coágulos y caída crítica de plaquetas. El 29 de julio, Melín murió.
Cronología del caso
Lo que siguió fue un proceso que Virginia Ruiz describes como extenuante. Presentó el reclamo ante el Fondo de Reparación Covid-19. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo lo rechazó. La Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas, la Conaseva, había clasificado el evento como "Indeterminado B1": relación temporal con la vacuna reconocida, pero causalidad sin confirmar. Eso alcanzó para cerrarle la puerta.
El fallo de la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba —firmado por las juezas Liliana Navarro y Graciela Montesi, y el juez Eduardo Avalos— es el primero de estas características en el país. Establece que existió nexo causal directo entre la Sputnik V y la muerte de Sartori, y ordena al Estado nacional completar en 30 días el trámite de indemnización previsto por la ley 25.773, de reparación por efectos adversos de vacunas contra el Covid-19. En su voto, la jueza Navarro fue precisa: "La discusión sobre el nexo causal, lejos de persistir, se encuentra técnicamente despejada."
El abogado de la familia, Martín Barbará, señaló que el caso siguió todos los pasos previstos por la ley 27.573, y que el rechazo administrativo inicial incurrió en fundamentaciones que el propio fallo califica de "meramente dogmáticas", porque ignoró los informes médicos aportados por la madre desde el principio. Barbará también marcó algo que el expediente dejó en evidencia: la Sputnik V carecía de farmacovigilancia sistemática en Argentina. Sin seguimiento organizado de eventos adversos, los casos como el de Melín quedaban flotando en la categoría de lo "indeterminado".
El síndrome VITT había sido documentado en vacunas de vectores adenovirales como AstraZeneca y Janssen hasta 2022. Con la Sputnik V, desarrollada por el Instituto Gamaleya de Rusia, los registros eran escasos. Esa escasez no equivalía a ausencia del riesgo: equivalía a falta de seguimiento. La diferencia es relevante y el fallo la marca.
Virginia Ruiz impulsó este proceso durante casi cinco años. Médica, madre, sola frente a un sistema que primero le cerró todas las puertas y luego, cuando la evidencia científica ya no dejó margen, terminó reconociendo lo que ella sabía desde el principio. El fallo tiene nombre, fecha y expediente. También tiene una foto: la de una chica de 24 años que se vacunó para cuidar a otros.
La resolución podría abrir la puerta a reclamos similares de familias que atravesaron situaciones parecidas durante la pandemia y no obtuvieron respuesta del Estado. Lo que hasta ayer era un caso aislado, hoy es jurisprudencia.
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Fuentes
- La Nación — "Un fallo inédito reconoce la relación directa entre la vacuna Sputnik y la muerte de una joven sana", 27 de mayo de 2026
- Infobae — "La Justicia de Córdoba atribuyó la muerte de una joven a un efecto adverso de la vacuna rusa Sputnik", 28 de mayo de 2026
- La Capital — "Fallo inédito en Córdoba: la Justicia responsabilizó a la vacuna Sputnik V por la muerte de una joven", 28 de mayo de 2026
- Río Negro — "La Justicia reconoció que una joven sana murió tras recibir la vacuna Sputnik y ordenó indemnizar a la familia", 28 de mayo de 2026
- La Ventana San Rafael / Radio Cataratas — reproducción del fallo completo, 28 de mayo de 2026
- Sala A, Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba — Fallo: juezas Liliana Navarro, Graciela Montesi y juez Eduardo Avalos
- Ley Nacional 25.773 — Reparación por efectos adversos de vacunas Covid-19
- Ley Nacional 27.573 — Marco regulatorio de vacunas contra Covid-19 en Argentina
- Conaseva — Reclasificación del caso: "Relacionado A1", mayo de 2024




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